Que se imponen a empresas públicas, generan discrepancias
A raíz del fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que obliga a las empresas del Estado a responder solicitudes de información, los senadores Hernán Larraín y Jaime Gazmuri manifestaron sus distintas visiones sobre la condición de estas reparticiones.
"Si las empresas públicas deben ser tratadas o no como servicios públicos en materia de acceso a la información" es el punto que provoca mayores divergencias a raíz del último fallo judicial que decidió que el Consejo para la Transparencia tiene competencia para resolver reclamos tras denegación de información de empresas públicas.
Mientras el senador Hernán Larraín aseguró que la ley sobre Transparencia y Acceso a la Información Pública "es clara y precisa sobre las materias susceptibles de publicidad"; su par, el senador Jaime Gazmuri estimó que "en principio las empresas del Estado no son reparticiones públicas y, por lo tanto, no tienen las mismas obligaciones". Ambos parlamentarios fueron los impulsores de la Ley sobre Transparencia.
Cabe señalar que la Corte de Apelaciones de Santiago se pronunció sobre la presentación del abogado Álvaro Pérez Castro, gerente general de Unaco Chile, quien acudió al Consejo luego que Banco stado le negara información que solicitó invocando la Ley de Transparencia. La resolución sienta un precedente para que el Consejo pueda resolver ante este tipo de reclamos forzando a las empresas públicas a entregar información que les sea solicitada por particulares.
El senador Hernán Larraín precisó que "lo que el Consejo para la Transparencia ha establecido y que ahora ha sido avalado por los tribunales es exactamente lo que dice la Ley."
Agregó que "tuvimos mucho cuidado en definir qué elementos de las empresas públicas podrían ser dados a conocer o accesibles a quien los solicitara pensando en las características especiales que tenían".
Aclaró que "las exigencias de información para las empresas públicas está restringida y acotada pensando en las particularidades de las mismas y no hay ningún riesgo pueda provocarles algún perjuicio por el contrario quienes trabajan en una empresa del Estado tienen que entender que si bien no son parte del Estado como tal si forman parte de una entidad en que el Estado tiene intereses".
Respecto a la posibilidad de filtración de información estratégica el senador Larraín desestimó dicho riesgo porque "la información que se entrega es pequeña y sólo dice relación con algunas materias menos sensibles, por ejemplo, en el caso de Banco Estado se solicita información sobre las rentas de la planta ejecutiva superior, es decir, materias donde ya existen diversos estudios sobre los sueldos promedios de los gerentes de las distintas entidades financieras".
DISTINCIÓN
Una opinión distinta manifestó el senador Jaime Gazmuri quien explicó que "aunque no conozco en detalle el fallo, de modo general creo que las empresas públicas, desde el punto de vista de acceso a la información no pueden tener el mismo tratamiento que las reparticiones públicas".
Explicó que "esa diferencia quedó establecida claramente en Ley sobre Transparencia porque es evidente que estas empresas, sobre todo aquellas que operan en mercados competitivos deben estar sujetas a un tipo de acceso a la información correspondiente a las sociedades anónimas y no a los organismos políticos administrativos del Estado".
Advirtió que "si no se hace esta distinción, en la práctica, se hace imposible el funcionamiento de las empresas públicas que producen bienes y servicios en el mercado competitivo y además estaríamos violentando el espíritu y la letra de la Ley de Transparencia".
Puntualizó que "pueden haber distintas interpretaciones sobre las leyes, pero en esta materia si es necesaria una aclaración se debería reformar la ley, porque esta diferenciación hacia las empresas públicas quedó claramente establecida en la discusión del proyecto respectivo. Por lo tanto, las empresa productivas no son equiparables a los organismos de la administración del Estado y hay determinada información que debe ser reservada".
A modo de ejemplo señaló que "alguien no puede pedir que TVN revele el final de la Teleserie "Donde está Elisa" o a Codelco que informe sobre operaciones de mercado porque son áreas muy competitivas. Entonces hay que clarificar cuál es la información de acceso público y cual no".
Fuente: Senado de Chile


